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Opinión



domingo, 21 de febrero de 2016

Actualidad financiera y fiscal en El Diario de Guayana N° 240

Unidad Tributaria

Aguas arriba


Mucho se ha discutido sobre el aumento de la unidad tributaria, la cual quedó ubicada (en un procedimiento algo confuso) en Bs177. De conformidad con el Código Orgánico Tributario, ésta debe ser reajustada dentro de los quince  primeros días del mes de febrero cada año, previa opinión favorable de la Asamblea Nacional sobre la base de la variación producida por la inflación, del año inmediatamente anterior. No queda mucho que interpretar al respecto, considerando que el Artículo está bastante claro en su redacción; no obstante a ello, dicho procedimiento ha sido desestimado en años anteriores, con la aplicación de factores de incremento no asociados al comportamiento de dicho indicador, sino a estimaciones de otra índole, que no han podido ser explicados con total transparencia técnica y sobre todo jurídica.

A esta situación, se suma el hecho de la opacidad en la entrega de información asociada a la inflación, considerando que a la fecha solo se cuenta con cifras formales hasta el mes de septiembre de 2015, las cuales fueron anunciadas muy recientemente, luego de un rezago de más de un año. Siendo así, aun hoy no contamos con información suficiente para determinar la unidad tributaria que debería aplicar para el ejercicio 2016; sin embargo, eso no limitó a la Administración Tributaria para a través de su gerencia económica, determinar y proponer la unidad tributaria publicada en Gaceta Oficial N° 40.846 del 11 de febrero de 2016, la cual además fue rechazada por la Asamblea Nacional en la primera semana de febrero por parte de la comisión respectiva, alegando que la misma no podía estar al margen de la ley y por ello se exigía al Banco Central de Venezuela y el Instituto Nacional de Estadística a publicar el índice de precios de todo el año 2015, para que el SENIAT pudiese hacer el cálculo de forma metodológica y remitir nuevamente la nueva unidad tributaria.

Aguas en el medio

Esta medida, más allá de lo legal (lo cual está bastante claro), puede verse de distintos puntos de vista. Desde la posición de los contribuyentes del impuesto sobre la renta, prácticamente cualquier trabajador estará en la obligación de determinar y pagar impuesto por los enriquecimientos que obtenga, situación que obviamente tendrá una incidencia sensible en finanzas personales de familias que ya hacen malabarismos para poder soportar una de las crisis más severas que hemos visto en las últimas décadas. Esto sin duda alguna es una importante distorsión, habida cuenta que normalmente, cuando la unidad tributaria era calculada apropiadamente, existía un universo de trabajadores que no debían pagar impuesto, lo que sin duda alguna reflejaba un alto entendimiento de la capacidad contributiva de los sujetos de derecho. Ese concepto queda discontinuado en su totalidad.

Por otro lado, también se incrementará el universo de sujetos pasivos que serán notificados como especiales, dado que efectivamente, cualquier empresa podrá facturar los ingresos mínimos requeridos para tamaña distinción, incrementándose así el brazo recaudador de la administración tributaria (a través del sistema de retenciones de impuesto al valor agregado) y generándose nuevos contribuyentes para un tributo tan pernicioso como el de las grandes transacciones financieras. Por otro lado, el aumento de las bonificaciones de alimentación, las cuales están asociadas a la unidad tributaria, no se incrementarán en función a la inflación, por lo que los trabajadores verán disminuido su ingreso a través del impuesto sin obtener mejoras salariales, producto de la misma decisión.

Aguas abajo

El Estado verá disminuida su recaudación  a través de cualquier tributo, registro, multas, etc., que sea calculado considerando la unidad tributaria, pero no incrementará su presupuesto (así como los privados) por concepto de bonos de alimentación, lo que sin duda alguna tendrá una incidencia importantísima en los estados financieros, dado que todo apuntaba a que los trabajadores hubiesen podido terminar ganando más dinero por el bono de alimentación, que por su remuneración básica, lo cual sería un hecho inédito y en extremo extraño para todos, pero que sin duda alguna mostraría la situación tan bizarra que estamos viviendo en la actualidad.

Para algunos, el incumplimiento de la norma genera puntos en contra, pero para muchos otros, la situación genera una especie de alivio en un momento en el cual cada centavo cuenta dentro de tanta incertidumbre, considerando que una de las cosas más estables que existen en la actualidad es el tema salarial, el cual se ha rezagado profundamente al ser comparado con cualquier otro costo o gasto al que deba hacerse frente en el trajinar diario de los negocios. Hasta la próxima entrega @wlagc http://actualidadfinancierayfiscal.blogspot.com/


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