Finanzas empresariales / Finanzas personales / Formación

Opinión



domingo, 23 de marzo de 2014

Actualidad financiera y fiscal en El Diario de Guayana N° 140

Sistema tributario   

Aguas arriba

Realicé un sondeo virtual con el fin de chequear opiniones sobre los efectos que sufriría cualquier sistema tributario en un ambiente altamente controlado. Esto con un enfoque lo más técnico posible y de esa forma iniciar un análisis preciso en cuanto a sus consecuencias.

Las opiniones fueron variadas y de todo tenor, donde la principal respuesta tenía un alto contenido fatalista, dado los eventos que aún atravesamos, pero que más allá de ello, deben enfocarse en un tono razonable que permita dar algo de oxígeno al emprendimiento y en general a cualquier iniciativa que se quiera impulsar por públicos o privados.

En honor a la verdad, el tema lo quería llevar más al campo de lo técnico e iniciar el camino para tratar de determinar en qué medida pudiese afectar un esquema controlado a la administración tributaria de cualquier jurisdicción, sin importar sus características y localización.

Aguas en el medio

Como he mencionado en otras oportunidades, el tributo principal de toda economía pujante es el impuesto a la ganancia. Con él se mide el nivel de prosperidad de los negocios y particulares. Cuando dicho impuesto no tiene la suficiente fuerza, se vislumbra que existe un problema en la generación de rentas en esa jurisdicción.

La discusión en línea se fue al terreno de lo complejo, demarcando que hacer negocios en un ambiente controlado es altamente improbable, donde la consecución de resultados positivos pudiese ser solo un sueño de emprendedor en medio de toda la adrenalina que se genera al planificar un proyecto de negocio. Ahora bien, esto no solo afecta a los particulares, también afectará a ciertos sujetos activos, que para poder hacer un proceso de recaudación de acuerdo a proyecciones y presupuesto, deberán buscar alternativas adicionales para poder mantener la cuota que tienen asignada por dicho concepto.

Aguas abajo

A diferencia de los tributos que gravan los ingresos -caso municipal/LOCTI-, la capacidad contributiva puede que no sea considerada del todo, por lo que ellos no serán los mayores afectados -sin perjuicio de las disminuciones que cada sector genere, producto de otras variables-; sin embargo, la recaudación de tributos que graven la renta, deberán ser sustituidos por una aplicación rigurosa de la normativa en materia de deberes formales.

Siendo así, aun cuando una entidad no genere rentas y por ende no pague impuesto sobre la renta, deberá ahora más que nunca llevar un control exhaustivo de todos los deberes formales asociados a la tributación y contabilidad en general, con el único objetivo de evitar en lo posible, que sea esa la vía de contribución -ya en un ambiente de por si adverso-.

Lo que sin duda está claro, es que la previsión, el análisis y la eficiencia en el manejo de los recursos serán clave para que la generación de rentas se mantenga y no desaparezca del mapa. La motivación principal de cualquier emprendedor es la de arriesgarse para obtener beneficios. Hasta una próxima entrega. @wlagc http://actualidadfinancierayfiscal.blogspot.com/
 
Foto: Puerto Ordaz, Venezuela
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario