Aguas
arriba
Es pleno
marzo y para variar hay que hablar del impuesto sobre la renta. Puede que este
lloviendo y cayendo relámpagos por doquier, sin embargo, hay un clamor
generalizado relacionado con el cumplimiento de la presentación de los
resultados del año para efectos tributarios, con el fin de cumplir con el deber
supremo de coadyuvar con las cargas públicas, de una nación que depende en gran
medida de la recaudación tributaria.
Siempre
he comentado -y cada día lo reafirmo más- que tenemos un sistema de impuesto
sobre la renta con todas las complicaciones habidas y por haber, lo que hace
que forzosamente nos convirtamos en una especie de gurú financiero.
Comparativamente, los sistemas tributarios cada día son más sencillos, y los vemos
fácilmente cuando tomamos cualquier ley de algún vecino y notamos que son más
las similitudes, que las diferencias.
Son días
tan complejos, que debemos abrir los ojos para darnos cuenta que realmente
estamos despiertos y yo debo buscar inspiración adicional para hacer este
ejercicio semanal, con el fin de tratar de dar una mano al que está en estos
momentos en el mismo quehacer.
Aguas en
el medio
Ahora
bien, dejando lo impreciso y cambiando el rumbo para hablar de lo formal,
siempre es conveniente recordar que todo aquel que este iniciando actividades y
que entre en los supuestos de ley, no debe sólo cumplir con la tenebrosa
declaración de impuesto sobre la renta, sino también debe recordar el
cumplimiento del registro de activos actualizados, donde deberá pagar un
tributo calculado de acuerdo a norma, sobre la variación que resulte de ajustar
los activos fijos depreciables en el primer año de actividad -si tuvo la
fortuna de llegar a fin de año-, con lo que se suma un adicional deber formal
para los que se estrenaron en el 2013 en el mundo de los negocios.
Por otro
lado, si cualquier sujeto de derecho tuvo la interesante idea de hacer
operaciones en jurisdicciones consideradas como de baja imposición fiscal,
deberá acudir a su asesor de confianza -o al autoestudio- y proceder a declarar
dicha información durante lo que queda de marzo, sumando así un nuevo deber
formal que cumplir, bastante punitivo en caso de ser incumplido. Muy pendientes
que países cercanos como República Dominicana y Panamá están en dicha lista.
Aguas
abajo
Para
terminar con el cóctel tributario, nos encontramos con el precálculo de precios
de transferencia, donde en el peor de los casos, deberá incluirse una partida
gravable, si la entidad en cuestión se vio afectada por operaciones realizadas
con partes relacionadas en el exterior.
Para los
negocios donde el flujo de dinero entre la entidad y sus accionistas es un
tanto informal, la presunción de dividendos también será un tema de estudio en
la recta final del trimestre.
Por
cierto, marzo es fecha de variación de ARI, por lo que el recálculo es
requerido cuanto antes, con el objetivo de determinar el porcentaje de
retención a aplicar por al menos el próximo trimestre.
Como
vemos, el asunto del impuesto sobre la renta no se circunscribe sólo al cálculo
tradicional, por lo que dar una vista general al tema, nos hará llegará a abril
cumpliendo con todo lo inherente a la fecha. Hasta la próxima entrega @wlagc http://actualidadfinancierayfiscal.blogspot.com/
Foto: Puerto Ordaz, Venezuela
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