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arriba
Comienza
el mes de junio y con el nacen serias obligaciones tributarias que deben
cumplirse durante el presente periodo. Obviamente sólo mencionaré algunas del
universo de obligaciones que deben cumplirse en un mes cualquiera en esta
variedad tributaria que tenemos en vigencia y que eventualmente deben estar
sujetas a simplificación. En las últimas semanas se ha intensificado el hecho
de que para incentivar la producción se debe poner en beneficio de los
particulares un sistema más sencillo.
Evidentemente,
es un tanto asfixiante el cumplimiento de obligaciones tributarias, sumado al
cumplimiento de deberes operativos que si están plenamente justificados, dado
que son la fuente natural de todo emprendimiento.
Entre
ellas, podemos nombrar a la presentación de la declaración estimada de rentas,
la cual constituye una fuente de pago anticipado del impuesto sobre la renta
que se deberá pagar una vez finalizado el ejercicio (para sujetos pasivos con
cierre 31/12). Dicha obligación podrá ser pagada en porciones bajo las
condiciones previstas en nuestra normativa y declarada de forma muy sencilla a
través de la página web de la administración tributaria venezolana. Es bien
sabido que el sistema de anticipos de impuestos garantiza la recaudación oportuna
de tributos.
Aguas en
el medio
Otra obligación
del mes, es la relacionada con la PT-99, la cual de igual forma debe
presentarse durante este mes de junio. Dicha declaración es informativa por lo
que no genera pago alguno; sin embargo, esto no quiere decir que su
presentación es optativa. Resulta que es bastante común ver empresas obligadas
a cumplir este deber formal (entre otros) y que no lo hacen por absoluto
desconocimiento.
Dicho
formulario no debe presentarse en línea; sin embargo, las especificaciones de
la misma si se encuentran disponibles en la página web del ente recaudador.
Esta declaración debe ser presentada por las entidades venezolanas que
realizaron operaciones que afectarán sus ingresos, costos y gastos con partes
relacionadas con domicilio en el exterior.
El
término "parte relacionada" es muy amplio, por lo que no se
circunscribe sólo a una relación accionaria para considerarse como tal. Es
importante estar atento y documentarse al respecto. Consulte a su asesor
empresarial y deténgase a analizar los beneficios y obligaciones al constituir
una empresa en el exterior.
El
formulario es relativamente sencillo de completar. El problema técnico se
encuentra en el análisis económico, el cual debe ser llevado a cabo por un
especialista en el tema.
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abajo
Por último
y no menos importante está el tributo relacionado con la Ley Orgánica de
Ciencia y Tecnología. Este tributo tiene un impacto importante y requiere de
una serie de pasos para declararlo, pagarlo y obtener la solvencia por su
cumplimiento. Es conveniente revisar en detalle el portal del ente recaudador,
a fin de anticiparse. La base imponible de este tributo también ha sido
ampliamente discutida, por lo que es importante hacer el análisis en su
conjunto.
Nunca está
de más recordar que cualquier incumplimiento tributario podría estar sujeto a
sanción de acuerdo al Código Orgánico Tributario y la respectiva norma
especial, por lo que es fundamental el revisar estos asuntos a la brevedad
posible, declarar y pagar. El dejar de pagar los tributos no debe ser una
opción. Es conveniente que cada quien tome el rol que debe cumplir y así
podamos contribuir en generar mejores condiciones para todos.
No hay
mejor planificación que la anticipación. Esto garantizará el conocimiento
oportuno de nuestras obligaciones como sujeto pasivo. Hasta una próxima entrega
@wlagc http://actualidadfinancierayfiscal.blogspot.com/
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