Wladimir
García Castro[1]
Contenido
Introducción
Las actividades antijurídicas que devienen en
actos de corrupción es uno de los problemas más graves de la humanidad. Los
asuntos de este tipo no solamente son propio de los países suramericanos como
en muchos casos se pretende resaltas en este lado del mundo. Los casos más
sonados y con mayores repercusiones pueden verse en las grandes potencias del
mundo, quienes han visto como con la mayor desfachatez, se ha logrado alcanzar
beneficios significativos tanto en manos de funcionarios, como de ciudadanos
que actúan al margen de la ley o gracias a vacíos normativos que dejan la
puerta abierta para de una u otra forma generar perjuicio a terceros.
Desde el
punto de vista conceptual, la corrupción es una tipología del fraude. Las
personas cometen fraude por al menos una de las tres siguientes razones: i) por
falta de controles, ii) por necesidad y/o iii) porque logran justificar
psicológicamente su acción.
Siendo así, un funcionario o ciudadano pueden
incentivar la corrupción por el simple hecho de no estar debidamente
supervisado, porque sus remuneraciones no alcanzan para poder vivir dignamente
como funcionario y/o porque considera que el afectado merece ser víctima del
acto de corrupción.
Tal como puede verse, el acto de la corrupción
es multifactorial y de alta complejidad; es por ello, que históricamente ha
sido una lucha (en ocasiones) perdida tanto por el sector público, como por el
sector privado. El asunto esta fundamentalmente en que si el acto es motivado
por funcionarios públicos, se está ante una situación de dominio público, que tiene
efectos directos en el patrimonio de la nación; es decir, en temas de interés
colectivo.
A modo
de desarrollo
Dentro de las tres tipologías, seleccionamos
las siguientes:
“El Pinocho”, donde usuarios engañan (o
pretenden engañar) a funcionarios públicos,
aportando documentación falsa persiguiendo defraudar al ente público, consignando
documentación, información u otros elementos falsos.
Así mismo, en algunos casos con la anuencia de
funcionarios, se presenta la conducta para obtener beneficio o trámite que le
favorezca o incluso resolución favorable a sus intereses, incluso en detrimento
del de terceros.
En el derecho administrativo, se puede ver esto
cuando en un procedimiento el interesado (ciudadano) reporta información
incorrecta o incompleta para cumplir un trámite de cualquier tipo o evadir la
culpa en una situación que haya protagonizado, con el apoyo del funcionario que
esta frente a la actividad. Esta situación la podemos ver en situaciones donde
la policía debe ejecutar un proceso sancionatorio por el incumplimiento de una
norma de carácter de orden público, librándose el ciudadano de una sanción.
Ahora bien, dicho evento puede devenir en actividades de soborno, que en todo
caso duplican el hecho de corrupción, dado que ambas partes se encuentran
incurso en la misma situación antijurídica.
“El intermediario innecesario” es una de las
tipologías clásicas en Venezuela, considerando que los trámites normalmente son
complejos y enrevesados. Esto hace que ante cualquier situación se requiera de
la intermediación de un funcionario para lograr cualquier proceso
administrativo. Esto puede verse en trámites asociados a licencias, cédulas de
identidad, títulos de vehículos, inspecciones y prácticamente cualquier otra
actividad que requiera la consignación de información y el cumplimiento de
plazos y procesos.
En esta situación, de igual forma ambas partes
tienen responsabilidad jurídica por el hecho común, ya sea por incentivar el
soborno, o por aceptar el mismo en aras de lograr un beneficio.
“El Suplantador” sustituye a terceros funcionarios
públicos, promoviendo ser el responsable de un área que no es de su competencia
y que puede en cierta forma termina propiciando una suerte de intermediación,
en el caso que se suponga la generación de algún documento o certificación. De
igual forma, esta situación puede devenir en procesos de extorsión, en los
casos que la sustitución esté diseñada directamente para dichos fines.
En el mundo del derecho administrativo, cualquier
trámite que se realice con un suplantador carecerá de legalidad, por lo que
será absolutamente nulo, en cuyo caso, el ciudadano terminará viéndose
afectado.
Conclusiones
Como consideraciones finales de la presente
aproximación tipo ensayo, podemos concluir con los siguientes elementos:
1.
La corrupción está presente en muchas
actividades del acontecer administrativo.
2.
Las distintas tipologías de corrupción están
presente en el derecho administrativo.
3.
La situación irregular genera efectos
sancionatorios tanto para los funcionarios, como para los ciudadanos
involucrados en el hecho antijurídico.
4.
La implementación de procedimientos
administrativos que mitiguen los riesgos de corrupción son de suma importancia
en todas las instituciones públicas y privadas.
[1]
Licenciado en ciencias fiscales, mención rentas de la Escuela Nacional de
Administración y Hacienda Pública, ENAHP; magíster en ciencias gerenciales,
mención finanzas de la Universidad Privada Nororiental Gran Mariscal de
Ayacucho, UGMA; master en administración de negocios, Escuela de Negocios
Formato Educativo, participado por la Universidad de Cádiz y doctor en
educación de la Universidad Católica Andrés Bello, UCAB