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Opinión



viernes, 30 de junio de 2023

Análisis y vinculación de tipologías o modalidades de conductas antijurídicas en la aplicación transversal del derecho administrativo con el derecho procesal penal

 

Wladimir García Castro[1]

Contenido

Introducción. 1

A modo de desarrollo. 2

Conclusiones. 3

 

Introducción

Las actividades antijurídicas que devienen en actos de corrupción es uno de los problemas más graves de la humanidad. Los asuntos de este tipo no solamente son propio de los países suramericanos como en muchos casos se pretende resaltas en este lado del mundo. Los casos más sonados y con mayores repercusiones pueden verse en las grandes potencias del mundo, quienes han visto como con la mayor desfachatez, se ha logrado alcanzar beneficios significativos tanto en manos de funcionarios, como de ciudadanos que actúan al margen de la ley o gracias a vacíos normativos que dejan la puerta abierta para de una u otra forma generar perjuicio a terceros.

 Desde el punto de vista conceptual, la corrupción es una tipología del fraude. Las personas cometen fraude por al menos una de las tres siguientes razones: i) por falta de controles, ii) por necesidad y/o iii) porque logran justificar psicológicamente su acción.

Siendo así, un funcionario o ciudadano pueden incentivar la corrupción por el simple hecho de no estar debidamente supervisado, porque sus remuneraciones no alcanzan para poder vivir dignamente como funcionario y/o porque considera que el afectado merece ser víctima del acto de corrupción.

Tal como puede verse, el acto de la corrupción es multifactorial y de alta complejidad; es por ello, que históricamente ha sido una lucha (en ocasiones) perdida tanto por el sector público, como por el sector privado. El asunto esta fundamentalmente en que si el acto es motivado por funcionarios públicos, se está ante una situación de dominio público, que tiene efectos directos en el patrimonio de la nación; es decir, en temas de interés colectivo.

A modo de desarrollo

Dentro de las tres tipologías, seleccionamos las siguientes:

“El Pinocho”, donde usuarios engañan (o pretenden engañar)  a funcionarios públicos, aportando documentación falsa persiguiendo defraudar al ente público, consignando documentación, información u otros elementos falsos.

Así mismo, en algunos casos con la anuencia de funcionarios, se presenta la conducta para obtener beneficio o trámite que le favorezca o incluso resolución favorable a sus intereses, incluso en detrimento del de terceros.

En el derecho administrativo, se puede ver esto cuando en un procedimiento el interesado (ciudadano) reporta información incorrecta o incompleta para cumplir un trámite de cualquier tipo o evadir la culpa en una situación que haya protagonizado, con el apoyo del funcionario que esta frente a la actividad. Esta situación la podemos ver en situaciones donde la policía debe ejecutar un proceso sancionatorio por el incumplimiento de una norma de carácter de orden público, librándose el ciudadano de una sanción. Ahora bien, dicho evento puede devenir en actividades de soborno, que en todo caso duplican el hecho de corrupción, dado que ambas partes se encuentran incurso en la misma situación antijurídica.

“El intermediario innecesario” es una de las tipologías clásicas en Venezuela, considerando que los trámites normalmente son complejos y enrevesados. Esto hace que ante cualquier situación se requiera de la intermediación de un funcionario para lograr cualquier proceso administrativo. Esto puede verse en trámites asociados a licencias, cédulas de identidad, títulos de vehículos, inspecciones y prácticamente cualquier otra actividad que requiera la consignación de información y el cumplimiento de plazos y procesos.

En esta situación, de igual forma ambas partes tienen responsabilidad jurídica por el hecho común, ya sea por incentivar el soborno, o por aceptar el mismo en aras de lograr un beneficio.

“El Suplantador” sustituye a terceros funcionarios públicos, promoviendo ser el responsable de un área que no es de su competencia y que puede en cierta forma termina propiciando una suerte de intermediación, en el caso que se suponga la generación de algún documento o certificación. De igual forma, esta situación puede devenir en procesos de extorsión, en los casos que la sustitución esté diseñada directamente para dichos fines.

En el mundo del derecho administrativo, cualquier trámite que se realice con un suplantador carecerá de legalidad, por lo que será absolutamente nulo, en cuyo caso, el ciudadano terminará viéndose afectado.

Conclusiones

Como consideraciones finales de la presente aproximación tipo ensayo, podemos concluir con los siguientes elementos:

1.         La corrupción está presente en muchas actividades del acontecer administrativo.

2.         Las distintas tipologías de corrupción están presente en el derecho administrativo.

3.         La situación irregular genera efectos sancionatorios tanto para los funcionarios, como para los ciudadanos involucrados en el hecho antijurídico.

4.         La implementación de procedimientos administrativos que mitiguen los riesgos de corrupción son de suma importancia en todas las instituciones públicas y privadas.



[1] Licenciado en ciencias fiscales, mención rentas de la Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública, ENAHP; magíster en ciencias gerenciales, mención finanzas de la Universidad Privada Nororiental Gran Mariscal de Ayacucho, UGMA; master en administración de negocios, Escuela de Negocios Formato Educativo, participado por la Universidad de Cádiz y doctor en educación de la Universidad Católica Andrés Bello, UCAB