De
vuelta al patrimonio
Aguas
arriba
Recientemente
fue publicada Providencia Administrativa que exige a los sujetos pasivos
especiales la consignación de formulario contentivo de los datos del patrimonio.
Aun cuando la normativa exige la presentación de dicha declaración solo a
efectos informativos, es menester destacar que toda información suministrada o
por suministrar a la Administración Tributaria tiene normalmente una clara
misión de cara a los intereses de la nación. Mención aparte debe hacerse sobre
la redacción de la mencionada norma, quien deja más dudas que puntos de
encuentro entre los especialistas.
Ahora
bien, todo inversionista que desea iniciar actividades en el país y todo
empresario que de hecho las ejecuta, requiere de una mínima certeza jurídica sobre
las decisiones que toma el Estado, con el objetivo de poder estar en posición
consciente de las eventuales obligaciones jurídicas a las que estará expuesto
en su actividad mercantil o civil, y con ello poder tomar las decisiones de
negocio que se ajusten a sus intereses como generador de fuentes de empleo,
tributación y beneficios a sus accionistas.
El
hecho de que asesores y empresarios estén en constante lectura de sutiles
mensajes por parte del gobierno de turno sobre el destino del país, y en especial
de la normativa aplicable de forma directa e innegable a los contribuyentes, es
sencillamente un pésimo mensaje para con todos los ciudadanos. Es imposible
hacer negocios en un contexto que cambia en función a las necesidades del presupuesto
de la nación.
Aguas
en el medio
En
función a ello, la gran pregunta que debemos hacernos se centra en entender los
fines de consignar una declaración informativa de la situación patrimonial de
los sujetos pasivos especiales, habida cuenta de que los mismos han sido
particularmente afectados en las últimas reformas llevadas a cabo vía
habilitante por el Poder Ejecutivo, dándole a estos particulares estocadas que
para nada logran incentivar su existencia en un ambiente que requiere más y
mejores empresas produciendo con vigorosidad.
Siendo
un poco más realistas en el asunto, todo indica que es alto probable que
estemos presenciando el nacimiento de un tributo al patrimonio, lo que vendría
a compensar de cara al Estado la pésima situación que tienen los sujetos
pasivos en cuanto a la generación de rentas, que ha mantenido por años al
impuesto sobre la renta con una participación de poco más del veinte por ciento
del total recaudación nacional, donde el verdadero paladín ha sido el impuesto
al valor agregado, con una participación de dos cuartos sobre los ingresos de
carácter tributario.
Aguas
abajo
Luego
de tan obvia aseveración, viene a la memoria el impuesto a los activos
empresariales, tributo que se volvió altamente confiscatorio y regresivo en
entidades que aun cuando no generaron rentas gravables, se vieron forzadas a
pagar sobre la tenencia de activos al cierre de cada ejercicio, teniendo una
severa afectación en la situación económica de entidades de por sí severamente
afectadas por asuntos operativos.
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